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Nota sobre animales sueltos y contratación de servicios

Estimados vecinos/as


Debido a los últimos acontecimientos provocados por animales sueltos dentro del barrio Las Corzuelas, se pone en conocimiento de todos que a pesar de la negativa de varios vecinos, se ha decidido contratar a una empresa externa para que se encargue de dicha situación. Lamentablemente a pesar de las múltiples notas y multas enviadas la situación continúa, es por ello que se decidió buscar una solución externa.


El costo de dicha contratación será solventada por todos los/las propietarios/as del barrio. Y por cada mascota que la empresa logre apresar al propietario/a de dicho animal será multado con el 50% del total del servicio contratado.


A sí mismo, aquellos animales que sean identificados por la guardia o intendente con fotografías y pruebas contundentes, serán multados por un valor total de 1 expensa (al momento de labrar la misma) si el animal anda suelto; ahora bien si la mascota anda suelta y provoca alguna situación de violencia contra una persona u otro animal, el valor de la multa será de 2 expensas (al momento de labrar las mismas).


Se les recuerda el artículo Nro. 27 del reglamento interno del barrio donde se mencionan las normas a seguir obligatoriamente con respecto a la tenencia de mascotas.


a) Se permite la tenencia de animales domésticos no peligrosos en un número que no genere inconvenientes a los vecinos y el orden del Country, debiendo los propietarios arbitrar las medidas necesarias para mantenerlos dentro del perímetro de su titularidad.

b) No está permitido la alimentación y el cuidado de animales que habiten en la calle, sin que estos sean resguardados dentro de la propiedad del residente que ejerce dicha actividad.

c) Se encuentra prohibido, enjaular o mantener en cautiverio, animales autóctonos o en vías de extinción, como así también la caza por cualquier medio (rifles de aire comprimido, honderas, etc.) o darle muerte a este tipo de animales.

d) Están vedados los criaderos de cualquier tipo de animal.

e) Es responsabilidad de cada vecino los efectos derivados de la tenencia de mascotas de cualquier tipo, dentro de las unidades funcionales, como así también de su presencia y/o circulación en los espacios comunes, fundamentalmente considerando los temas de excretas, sonidos, agresiones a propios y terceros y daños materiales que pudieren ocasionar.

f) Las mascotas podrán circular fuera de la unidad funcional sólo con la compañía de una persona responsable de la misma y sujetas con una correa de control, sin excepciones. Dicha persona deberá estar provista de los elementos necesarios para recoger las excretas del animal.

g) El animal deberá estar vacunado según lo indicado por las Normas Nacionales de Vacunación y lo exigido por la autoridad de aplicación.

h) En caso de mordedura, ataque o cualquier tipo de daño a las personas o cosas, en espacios públicos dentro del predio del Country, sus dueños serán pasibles de multas de las sanciones disciplinarias establecidas, las que podrán incluir hasta la expulsión del animal en caso de comprobarse la existencia de lesiones. Acreditada la peligrosidad o acontecido algún hecho demostrativo de ella, la Administración podrá requerir al propietario del animal que se desprenda del mismo y realizar la pertinente denuncia ante las autoridades competentes.

i) Todas las mascotas deberán llevar collar identificatorio indicando la unidad funcional (Nro. de Lote- Manzana) que pertenece.

j) El personal de Seguridad/Intendente del Country queda autorizado llamar a la Autoridad Municipal competente para la captura de animales sueltos dentro del mismo.

k) Se debe mantener un registro general de perros, detallando las razas potencialmente peligrosas existentes en el Country.

l) Se aplicará para la tenencia de perros peligrosos, la Ley Provincial Nº 9685, dicha Ley, será la base para solicitar a los vecinos dueños de grandes razas que tomen las medidas de seguridad en el lote. Cada propietario deberá cumplir con las normas legales en la materia.

m) Queda prohibido el acceso de animales domésticos a los espacios comunes de recreación o en obras en construcción sin la presencia de su dueño. Quedan prohibidos los perros deambulando libremente por las calles.

n) Cada propietario es responsable de su mascota, y que la misma no genere inconvenientes a vecinos ni a la sociedad en materia de sonidos, roturas, higiene y demás condiciones que consideren los organismos de control.

o) En el caso del paseo de perros en áreas comunes es obligatoria la utilización de correa y si fuera necesario o se trate de un perro peligroso, también debe llevar bozal. El Vecino es responsable por los daños a las personas y bienes, que pudieran causar sus animales domésticos y los pertenecientes a sus invitados.



Esperamos poder contar con el apoyo de toda la URE para poder poner fin a ésta situación que nos afecta como barrio. Y repetimos e insistimos en la obligatoriedad de identificar a cada mascota que se tenga a cargo.



Muchas gracias.

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